Con punto de acuerdo, por la cual se solicita a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México y a la Alcaldía de Azcapotzalco, a que informen en un plazo máximo de 10 días naturales a esta soberanía, sobre la manifestación de obra, el tipo de proyecto y el impacto zonal del predio ubicado en Centlapatl número 59 oficial, antes 17 y en el pueblo de Xochinahuac, en la demarcación territorial de Azcapotzalco; asimismo, a que en sus respectivas competencias detengan la obra, hasta que no se informe a los pobladores de los efectos y tipo de obra