Con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución por el que se exhorta de manera respetuosa a la persona titular de la Autoridad Educativa Federal de la Ciudad de México, órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública, que se tomen las medidas contundentes y se lleven a cabo las acciones que se consideren necesarias a efecto de hacer cumplir lo establecido en el artículo 3° párrafo noveno de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 8° Apartado A numeral 6 de la Constitución Política de la Ciudad de México, con el fin de garantizar la dignificación de las condiciones del inmueble educativo donde las y los alumnos de la escuela primaria Lucrecia Toriz, ubicada en Puente Santa Ana 35, Gabriel Ramos Millán, sección Cuchilla, alcaldía Iztacalco, realizan sus actividades escolares