Con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, para exhortar de manera respetuosa a la persona titular de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, que lleve a cabo las acciones pertinentes para la difusión a la población en general de las nuevas reformas al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, en cuanto a que queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva, así como que queda prohibida la exhibición directa e indirecta de los productos elaborados con tabaco en estantes, mostradores, exhibidores, entre otros, al interior de los establecimientos y puntos de venta, a fin de promover y alentar la compra para su consumo