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Con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución para exhortar de manera respetuosa a la persona titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social que lleve a cabo las acciones pertinentes a efecto de hacer cumplir lo establecido en el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo con la finalidad de que las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfruten de un periodo de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables

Legislatura segunda
Año dos
Periodo primera
No Orden 39
Fecha Publicacion 11/1/23
Url https://www.congresocdmx.gob.mx/archivos/parlamentarios/PPA_380_39_11_01_2023.pdf

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