Con punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México a que informe a esta Soberanía el alcance de las facultades concurrentes establecidas en el artículo 2 fracción VI de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en relación con lo dispuesto por el artículo 188 fracción es X y XXV y con el artículo 191 fracciones IV, XVIII, XXI, XXV y XXVI del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y la Administración Pública de la Ciudad de México, así como lo establecido en el manual administrativo de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México