Fecha de cierre: 6/3/19

Nombre CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS VIGÉSIMO Y VIGÉSIMO PRIMERO TRANSITORIOS DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO;
Tipo REFORMA
Turnado Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias
Suscrita GABRIELA OSORIO HERNÁNDEZ
Partido PARTIDO MORENA
Fecha de Inicio 19/2/19

Adhieren

Ley

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Nombre

CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS VIGÉSIMO Y VIGÉSIMO PRIMERO TRANSITORIOS DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO;

Dice

VIGÉSIMO.-El Congreso tendrá un plazo de 180 días posteriores a la entrada en vigor de esta Ley para expedir la Ley de Patrimonio Histórico, Cultural, Inmaterial y Material, Natural, Rural y Urbano Territorial de la Ciudad de México. VIGÉSIMO PRIMERO.- El Congreso tendrá un plazo de 180 días posteriores a la entrada en vigor de esta Ley para expedir la Ley del Registro de la Memoria Oral Histórica de la Ciudad de México.

Propuesta

VIGÉSIMO.- El Congreso deberá expedir a más tardar durante el Primer Periodo del Segundo año Legislativo, la Ley de Patrimonio Histórico, Cultural, Inmaterial y Material, Natural, Rural y Urbano Territorial de la Ciudad de México. VIGÉSIMO PRIMERO.- El Congreso deberá expedir a más tardar durante el Primer Periodo del Segundo año Legislativo, la Ley del Registro de la Memoria Oral Histórica de la Ciudad de México.

Archivo Adjunto