Fecha de cierre:
18/9/19
Nombre |
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 129 BIS DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL |
Tipo |
ADICION |
Turnado |
Administración Pública Local |
Suscrita |
ARMANDO TONATIUH GONZÀLEZ CASE |
Partido |
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL |
Fecha de Inicio |
3/9/19 |
Ley
CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Nombre
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 129 BIS DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL
Dice
Artículo 129 BIS.- (sin correlativo)
Propuesta
Artículo 129 BIS.- Al que prive de la vida a un menor de 12 años, un adulto mayor de 60 años y/o persona con discapacidad se le impondrá de veinte a cuarenta años de prisión.