Fecha de cierre:
18/9/19
Nombre |
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 179 DEL CÓDIGO PENAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO |
Tipo |
REFORMA |
Turnado |
Administración Pública Local |
Suscrita |
NAZARIO NORBERTO SÁNCHEZ |
Partido |
PARTIDO MORENA |
Fecha de Inicio |
3/9/19 |
Ley
CÓDIGO PENAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Nombre
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 179 DEL CÓDIGO PENAL PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Dice
ARTÍCULO 179. A quien solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad, se le impondrá de uno a tres años de prisión.
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Propuesta
ARTÍCULO 179. A quien solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad, se le impondrá de tres a siete años de prisión.
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