Fecha de cierre:
23/5/19
Nombre |
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 158 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD
DE MÉXICO, EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE NÓMINA. |
Tipo |
REFORMA |
Turnado |
Hacienda |
Suscrita |
FERNANDO JOSÉ ABOITIZ SARO |
Partido |
ASOCIACIÓN PARLAMENTARIA ENCUENTRO SOCIAL |
Fecha de Inicio |
9/5/19 |
Ley
CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Nombre
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 158 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD
DE MÉXICO, EN MATERIA DE IMPUESTO SOBRE NÓMINA.
Dice
TEXTO VIGENTE
ARTÍCULO 158.- El Impuesto sobre Nóminas se determinará, aplicando la tasa del 3% sobre el monto total de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.
Propuesta
PROPUESTA DE REFORMA
ARTÍCULO 158.- El Impuesto sobre Nóminas se determinará, aplicando la tasa del 3% sobre el monto total de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado.
Cuando el patrón contrate a trabajadores que tengan su domicilio en la misma Alcaldía en donde se ubique el centro de trabajo, el Impuesto sobre Nóminas se determinará aplicando la tasa del 2% sobre el monto total de las erogaciones realizadas por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado y, si el domicilio del trabajador se encuentra en la misma colonia que el centro de trabajo, se aplicará la tasa de 1%.
Para acceder al estímulo fiscal establecido en el párrafo anterior, los trabajadores en comento deberán representar al menos el 10% del total de la plantilla laboral.