Fecha de cierre:
23/5/19
Nombre |
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 94 Y 100, AMBOS DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO. |
Tipo |
REFORMA |
Turnado |
Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias |
Suscrita |
ARMANDO TONATIUH GONZÀLEZ CASE |
Partido |
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL |
Fecha de Inicio |
9/5/19 |
Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Nombre
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 94 Y 100, AMBOS DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Dice
Texto Vigente
Artículo 94. ….
I. a la VI….
…
Durante la presentación de iniciativas, si la o el proponente no se encuentra en el salón de sesiones en el momento de su intervención, la iniciativa será turnada a la Comisión o Comisiones correspondientes.
Artículo 100. …
…
I. …
II. Deberá ser leída ante el Pleno por su autor o por el diputado o diputada designado si sus autores son más de uno;
III. a la V …
Propuesta
Texto Propuesto
Artículo 94. ….
I. a la VI….
…
Durante la presentación de iniciativas, si la o el proponente no se encuentra en el salón de sesiones en el momento de su intervención o si solicita que se remita su iniciativa, ésta será turnada a la Comisión o Comisiones correspondientes.
Artículo 100. …
…
I. …
II. Podrá ser leída ante el Pleno por su autor o por el diputado o diputada designado si sus autores son más de uno;
III. a la V …
En el caso que la proposición no sea leída, como se establece en la fracción II, se procederá conforme a lo establecido en la fracción III.