Fecha de cierre: 2/5/19

Nombre CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA LA LEY DE MOVILIDAD DEL DISTRITO FEDERAL, A EFECTO DE ESTABLECER QUE LA SANCIÓN POR INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE TRÁNSITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO DEBERÁ RECAER SOBRE EL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO QUE COMETA LA INFRACCIÓN, SALVO CUANDO SE TRATE DE SANCIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO.
Tipo REFORMA
Turnado Movilidad Sustentable y Seguridad Víal
Suscrita GUILLERMO LERDO DE TEJADA SERVITJE
Partido PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
Fecha de Inicio 2/5/19

Adhieren

  • NAZARIO NORBERTO SÁNCHEZ

Ley

REGLAMENTO DE TRÁNSITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Nombre

CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMA LA LEY DE MOVILIDAD DEL DISTRITO FEDERAL, A EFECTO DE ESTABLECER QUE LA SANCIÓN POR INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE TRÁNSITO DE LA CIUDAD DE MÉXICO DEBERÁ RECAER SOBRE EL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO QUE COMETA LA INFRACCIÓN, SALVO CUANDO SE TRATE DE SANCIONES DE CARÁCTER ECONÓMICO.

Dice

SIN CORRELATIVO

Propuesta

ÚNICO. – Se adiciona un segundo párrafo al artículo 255 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, para quedar como sigue: “Artículo 255.- … La sanción por infracciones al Reglamento de Tránsito deberá recaer de manera personal sobre el conductor del vehículo que cometa la infracción, salvo cuando se trate de sanciones de carácter económico.

Archivo Adjunto