Fecha de cierre:
2/5/19
Nombre |
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XXV; XXVI; XXVII; XXVIII; XXIX; XXX Y XXXI AL ARTÍCULO 124 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO. |
Tipo |
ADICION |
Turnado |
Transparencia y Combate a la Corrupción |
Suscrita |
MARÍA GUADALUPE AGUILAR SOLACHE |
Partido |
PARTIDO MORENA |
Fecha de Inicio |
10/4/19 |
Ley
LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Nombre
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE ADICIONAN LAS FRACCIONES XXV; XXVI; XXVII; XXVIII; XXIX; XXX Y XXXI AL ARTÍCULO 124 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Dice
LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Sección Segunda
Órganos Políticos Administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales
Artículo 124. Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los órganos político-administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
I. Los indicadores oficiales de los servicios públicos que presten;
II. El calendario con las actividades culturales, deportivas y recreativas a realizar; así como el presupuesto y acciones para la rehabilitación y mantenimiento de su infraestructura;
III. Relación de los integrantes de los comités y subcomités establecidos por la normatividad vigente, actas de las sesiones y sus acuerdos;
IV. Sobre el ejercicio del presupuesto deberá publicarse el calendario trimestral sobre la ejecución de las aportaciones federales y locales, pudiendo identificar el programa para el cual se destinaron y, en su caso, el monto del gasto asignado;
V. En materia presupuestal, el desglose del origen y destino de los recursos asignados, precisando las cantidades correspondientes a su origen, ya sea federal o local, y señalando en su caso, el desglose de la cantidad que se destinará a programas de fortalecimiento de los Órganos Políticos Administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales;
VI. En el caso de la información sobre programas de ayudas o subsidios, se deberá considerar toda aquella información sobre los programas sociales, sus montos y padrón de beneficiarios;
VII. Los Programas de Desarrollo Delegacionales, o su equivalente, vinculados con sus programas operativos anuales y sectoriales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;
VIII. La información desagregada sobre el presupuesto que destinaran al rubro de mercados, así como el padrón de locatarios, nombre y ubicación de los mercados públicos en su demarcación territorial;
IX. La Autoridad de las Demarcaciones Territoriales deberá publicar y difundir a través de medios impresos o electrónicos información vigente y actualizada del gasto realizado por concepto de pago de asesorías;
X. Publicar domicilio, número telefónico y nombre del responsable del Centro de Servicios y Atención Ciudadana o su equivalente;
XI. La publicación del padrón de contralores ciudadanos que participan en los distintos comités de la administración pública de la delegación;
XII. La publicación de los montos asignados, desglose y avance trimestral del Presupuesto Participativo; y XIII. Calendario con horarios, número de unidad y teléfonos de servicio de recolección de basura;
XIV. Los Planes y Programas de Desarrollo Urbano y las certificaciones actualizadas de uso del suelo que se hayan expedido, procurando su georreferenciación o imagen;
XV. El padrón actualizado de los giros mercantiles que funcionen en su jurisdicción y las licencias y autorizaciones otorgadas para el funcionamiento de los giros sujetos a las leyes y reglamentos aplicables;
XVI. El Programa de Seguridad Pública de la demarcación;
XVII. Los proyectos productivos, que en el ámbito de su jurisdicción, protejan e incentiven el empleo, de acuerdo a los programas, lineamientos y políticas que en materia de fomento, desarrollo e inversión económica emitan las dependencias correspondientes;
XVIII. Los avisos de obra dentro de su jurisdicción;
XIX. Las autorizaciones de los números oficiales y alineamientos;
XX. Los permisos para el uso de la vía pública;
XXI. Los programas y acciones de apoyo que incentiven la equidad de género en los diversos ámbitos del desarrollo;
XXII. Los programas y acciones relacionados con la preservación del equilibrio ecológico; la adquisición de reservas territoriales en su caso; y la protección al ambiente, en su ámbito de competencia;
XXIII. Calendario de audiencias públicas y de recorridos del titular del órgano político administrativo, alcaldía o demarcación territorial; y
XXIV. El informe de labores presentado ante el Consejo Ciudadano Delegacional.
Propuesta
PROPUESTA
Sección Segunda
Órganos Políticos Administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales
Artículo 124. Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los órganos político-administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
I. Los indicadores oficiales de los servicios públicos que presten;
II. El calendario con las actividades culturales, deportivas y recreativas a realizar; así como el presupuesto y acciones para la rehabilitación y mantenimiento de su infraestructura;
III. Relación de los integrantes de los comités y subcomités establecidos por la normatividad vigente, actas de las sesiones y sus acuerdos;
IV. Sobre el ejercicio del presupuesto deberá publicarse el calendario trimestral sobre la ejecución de las aportaciones federales y locales, pudiendo identificar el programa para el cual se destinaron y, en su caso, el monto del gasto asignado;
V. En materia presupuestal, el desglose del origen y destino de los recursos asignados, precisando las cantidades correspondientes a su origen, ya sea federal o local, y señalando en su caso, el desglose de la cantidad que se destinará a programas de fortalecimiento de los Órganos Políticos Administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales;
VI. En el caso de la información sobre programas de ayudas o subsidios, se deberá considerar toda aquella información sobre los programas sociales, sus montos y padrón de beneficiarios;
VII. Los Programas de Desarrollo Delegacionales, o su equivalente, vinculados con sus programas operativos anuales y sectoriales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;
VIII. La información desagregada sobre el presupuesto que destinaran al rubro de mercados, así como el padrón de locatarios, nombre y ubicación de los mercados públicos en su demarcación territorial;
IX. La Autoridad de las Demarcaciones Territoriales deberá publicar y difundir a través de medios impresos o electrónicos información vigente y actualizada del gasto realizado por concepto de pago de asesorías;
X. Publicar domicilio, número telefónico y nombre del responsable del Centro de Servicios y Atención Ciudadana o su equivalente;
XI. La publicación del padrón de contralores ciudadanos que participan en los distintos comités de la administración pública de la delegación;
XII. La publicación de los montos asignados, desglose y avance trimestral del Presupuesto Participativo; y XIII. Calendario con horarios, número de unidad y teléfonos de servicio de recolección de basura;
XIV. Los Planes y Programas de Desarrollo Urbano y las certificaciones actualizadas de uso del suelo que se hayan expedido, procurando su georreferenciación o imagen;
XV. El padrón actualizado de los giros mercantiles que funcionen en su jurisdicción y las licencias y autorizaciones otorgadas para el funcionamiento de los giros sujetos a las leyes y reglamentos aplicables;
XVI. El Programa de Seguridad Pública de la demarcación;
XVII. Los proyectos productivos, que en el ámbito de su jurisdicción, protejan e incentiven el empleo, de acuerdo a los programas, lineamientos y políticas que en materia de fomento, desarrollo e inversión económica emitan las dependencias correspondientes;
XVIII. Los avisos de obra dentro de su jurisdicción;
XIX. Las autorizaciones de los números oficiales y alineamientos;
XX. Los permisos para el uso de la vía pública;
XXI. Los programas y acciones de apoyo que incentiven la equidad de género en los diversos ámbitos del desarrollo;
XXII. Los programas y acciones relacionados con la preservación del equilibrio ecológico; la adquisición de reservas territoriales en su caso; y la protección al ambiente, en su ámbito de competencia;
XXIII. Calendario de audiencias públicas y de recorridos del titular del órgano político administrativo, alcaldía o demarcación territorial;
XXIV. El informe de labores presentado ante el Consejo Ciudadano Delegacional;
XXV. Publicar nombre; domicilio, número telefónico y correo electrónico oficial de las personas integrantes del concejo indicando las comisiones a las que pertenecen; el calendario de las sesiones del pleno y de las comisiones, así como las actas correspondientes, adicional a sus informes;
XXVI. Los Reglamentos; Bandos y Acuerdos aprobados por el concejo;
XXVII. Toda aquella información sobre las acciones institucionales, sus montos y padrón de beneficiarios;
XXVIII. La estrategia anual en materia anticorrupción, que incluya los indicadores públicos de evaluación y mecanismos de participación ciudadana, así como los controles institucionales implementados para prevenir actos de corrupción; mecanismos de seguimiento, evaluación y observación pública de las licitaciones, contrataciones y concesiones que realicen; y los tabuladores de precios máximos;
XXIX. El Programa Provisional de Gobierno y el Programa de Gobierno, así como los programas específicos de la demarcación territorial;
XXX. El atlas de riesgo y el programa de protección civil de la demarcación territorial; y
XXXI. La ubicación de los estacionamientos públicos de la demarcación territorial, y las tarifas que se aplicarán.