Fecha de cierre: 16/4/19

Nombre CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN AL ARTÍCULO 59 DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Tipo ADICION
Turnado Comisiones Unidas de Alcandías y Límites Territoriales y la de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias
Suscrita JESÚS RICARDO FUENTES GÓMEZ
Partido PARTIDO MORENA
Fecha de Inicio 2/4/19

Adhieren

Ley

LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Nombre

CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN AL ARTÍCULO 59 DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Dice

Texto Vigente Artículo 59. Las atribuciones de las personas titulares de las Alcaldías, en forma subordinada con el Gobierno de la Ciudad en materia de Gobierno y régimen interior, son las siguientes: I. Participar en la elaboración, planeación y ejecución de los programas del Gobierno de la Ciudad, que tengan impacto en la demarcación territorial; y Sin correlativo II. Participar en la instancia de coordinación metropolitana, de manera particular aquellas demarcaciones territoriales que colindan con los municipios conurbados de la Zona Metropolitana del Valle de México.

Propuesta

Texto de la Iniciativa Artículo 59. Las atribuciones de las personas titulares de las Alcaldías, en forma subordinada con el Gobierno de la Ciudad en materia de Gobierno y régimen interior, son las siguientes: I. Participar en la elaboración, planeación y ejecución de los programas del Gobierno de la Ciudad, que tengan impacto en la demarcación territorial, II. Suscribir convenios con la Federación, para dar cumplimiento a las disposiciones de la Constitución Política de la Ciudad de México, la presente Ley y otras disposiciones para las Alcaldías, y III. Participar en la instancia de coordinación metropolitana, de manera particular aquellas demarcaciones territoriales que colindan con los municipios conurbados de la Zona Metropolitana del Valle de México.

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