Fecha de cierre:
16/4/19
Nombre |
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN AL ARTÍCULO 59 DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO |
Tipo |
ADICION |
Turnado |
Comisiones Unidas de Alcandías y Límites Territoriales y la de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias |
Suscrita |
JESÚS RICARDO FUENTES GÓMEZ |
Partido |
PARTIDO MORENA |
Fecha de Inicio |
2/4/19 |
Ley
LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Nombre
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN AL ARTÍCULO 59 DE LA LEY ORGÁNICA DE ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Dice
Texto Vigente
Artículo 59. Las atribuciones de las personas titulares de las Alcaldías, en forma subordinada con el Gobierno de la Ciudad en materia de Gobierno y régimen interior, son las siguientes:
I. Participar en la elaboración, planeación y ejecución de los programas del Gobierno de la Ciudad, que tengan impacto en la demarcación territorial; y
Sin correlativo
II. Participar en la instancia de coordinación metropolitana, de manera particular aquellas demarcaciones territoriales que colindan con los municipios conurbados de la Zona Metropolitana del Valle de México.
Propuesta
Texto de la Iniciativa
Artículo 59. Las atribuciones de las personas titulares de las Alcaldías, en forma subordinada con el Gobierno de la Ciudad en materia de Gobierno y régimen interior, son las siguientes:
I. Participar en la elaboración, planeación y ejecución de los programas del Gobierno de la Ciudad, que tengan impacto en la demarcación territorial,
II. Suscribir convenios con la Federación, para dar cumplimiento a las disposiciones de la Constitución Política de la Ciudad de México, la presente Ley y otras disposiciones para las Alcaldías, y
III. Participar en la instancia de coordinación metropolitana, de manera particular aquellas demarcaciones territoriales que colindan con los municipios conurbados de la Zona Metropolitana del Valle de México.