Fecha de cierre:
11/4/19
Nombre |
CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE TRABAJO DOMÉSTICO. |
Tipo |
REFORMA |
Turnado |
Asuntos Laborales, Trabajo y Previsión Social |
Suscrita |
CHRISTIAN DAMIÁN VON ROEHRICH DE LA ISLA |
Partido |
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL |
Fecha de Inicio |
28/3/19 |
Ley
LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE TRABAJO DOMÉSTICO
Nombre
CON PROYECTO DE DECRETO, QUE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE TRABAJO DOMÉSTICO.
Dice
Artículo 331.- Trabajadores domésticos son las personas que prestan los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia.
Propuesta
Artículo 331.- Trabajadores domésticos son las personas que, a cambio de una remuneración, prestan los servicios de aseo, asistencia, cuidados y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia, ya sea que residan o no en el domicilio donde realicen dichas actividades.
Artículo 331 Bis.- El trabajo doméstico deberá establecerse mediante un contrato por escrito que incluya, de forma enunciativa, más no limitativa, lo siguiente:
I. Nombre completo de la persona contratante y de la persona prestadora del servicio doméstico;
II. Dirección del lugar del trabajo;
III. Duración del contrato;
IV. Detalle del trabajo a realizar;
V. Remuneración convenida;
VI. Horario de trabajo y periodos de vacaciones;
VII. Condiciones de trabajo en el que se incluyan los suministros y herramientas que se entregarán al trabajador;
VIII. Causas de terminación del trabajo;
IX. Remuneración por horas extra laboradas, y;
X. En su caso, prestaciones adicionales.