Fecha de cierre: 17/2/19

Nombre PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO
Tipo reforma
Turnado Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias
Suscrita ANA CRISTINA HERNÁNDEZ TREJO
Partido PARTIDO MORENA
Fecha de Inicio 7/2/19

Adhieren

Ley

Reforma de Reglamento del Congreso de la Ciudad de México

Nombre

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO

Dice

"Artículo 370. La medalla a que se refiere el artículo anterior tendrá las características siguientes: I. Medalla de material en plata, .999 ley, dos caras, terminada en oro de 14 quilates o en su defecto de una aleación más valiosa; II. En el anverso, el logotipo del Congreso de la Ciudad de México y la legislatura que corresponda en relieve; III. Al reverso, el grabado de la inscripción según el caso: a) Medalla al Mérito en Artes c) Medalla al Mérito Ciudadano d) Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos e) Medalla al Mérito Deportivo f) Medalla al Mérito Docente g) Medalla al Mérito Empresarial h) Medalla al Mérito Hermila Galindo i) Medalla al Mérito por la Igualdad y la no Discriminación j) Medalla al Mérito Periodístico k) Medalla al Mérito Protección Civil l) Medalla al Mérito Policial m) Medalla al Mérito Turístico “Embajador Turístico de la Ciudad de México”"

Propuesta

"Artículo 370. La medalla a que se refiere el artículo anterior tendrá las características siguientes: I. Medalla de material en plata, .999 ley, dos caras, terminada en oro de 14 quilates o en su defecto de una aleación más valiosa; II. En el anverso, el logotipo del Congreso de la Ciudad de México y la legislatura que corresponda en relieve; III. Al reverso, el grabado de la inscripción según el caso: a) Medalla al Mérito en Artes c) Medalla al Mérito Ciudadano d) Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos e) Medalla al Mérito Deportivo f) Medalla al Mérito Docente g) Medalla al Mérito Empresarial h) Medalla al Mérito Hermila Galindo i) Medalla al Mérito por la Igualdad y la no Discriminación j) Medalla al Mérito Periodístico k) Medalla al Mérito Protección Civil l) Medalla al Mérito Policial m) Medalla al Mérito Turístico “Embajador Turístico de la Ciudad de México n) Medalla al Mérito Juvenil Capítulo II De las medallas por Materia y Denominación Sección Décima Cuarta Medalla al Mérito Juvenil 452 bis. El Congreso otorgará la medalla Mérito Juvenil, aquellos jóvenes que resulten ganadores del premio de la Juventud de la Ciudad de México, por su destacada participación en la defensa y promoción de los derechos de las personas jóvenes, de conformidad con las siguientes distinciones: VIII. Promoción y desarrollo de actividades académicas, científicas, tecnológicas, profesionales y de Innovación; IX. Promoción y desarrollo de actividades recreativas, culturales, artísticas de expresión musical urbana, diseño de afiches; X. Promoción y desarrollo de disciplinas mentales y deportivas; XI. Mérito cívico, ambiental, de salud pública, labor social y político; XII. Promoción y defensa de los derechos humanos; XIII. Promoción y Fortalecimiento a la cultura indígena; XIV. Reciclaje comunitarios y fortalecimiento de imagen urbana y patrimonio cultural. 452 ter. La Comisión responsable y encargada de la entrega de la presente medalla es la Comisión de la Juventud. La medalla será otorgada en sesión solemne misma que deberá celebrarse de conformidad con el artículo 372 último párrafo del presente reglamento. Artículo 452 cuater. Para los efectos de la entrega de la medalla al mérito juvenil, se exceptuará del procedimiento contemplado en los artículos 372 párrafo segundo, 373, 374 y 375 del presente Reglamento, a efecto de que la convocatoria, el proceso de selección y dictaminación se acote a las bases y requisitos establecidos en la Ley de los Derechos de las Personas Jóvenes de la Ciudad de México, para el otorgamiento del Premio de la Juventud."""

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