Fecha de cierre: 29/3/19

Nombre CON PROYECTO DE DECRETO, POR LA CUAL SE ADICIONA EL INCISO N) A LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 370; LA FRACCIÓN XIII AL ARTÍCULO 371; SE INTEGRA AL CAPÍTULO II, LA SECCIÓN SEGUNDA, CON EL TITULO MEDALLA AL MÉRITO EN DEFENSA DE LAS VÍCTIMAS, RECORRIENDO LAS SUBSECUENTES; PARA AGREGAR LOS ARTÍCULOS 378 BIS Y 378 TER Y 378 QUARTER, TODO LO ANTERIOR DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO;
Tipo ADICION
Turnado Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias
Suscrita JOSÉ EMMANUEL VARGAS BERNAL
Partido PARTIDO MORENA
Fecha de Inicio 12/3/19

Adhieren

  • N/A

Ley

REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Nombre

CON PROYECTO DE DECRETO, POR LA CUAL SE ADICIONA EL INCISO N) A LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 370; LA FRACCIÓN XIII AL ARTÍCULO 371; SE INTEGRA AL CAPÍTULO II, LA SECCIÓN SEGUNDA, CON EL TITULO MEDALLA AL MÉRITO EN DEFENSA DE LAS VÍCTIMAS, RECORRIENDO LAS SUBSECUENTES; PARA AGREGAR LOS ARTÍCULOS 378 BIS Y 378 TER Y 378 QUARTER, TODO LO ANTERIOR DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO;

Dice

Artículo 370. La medalla a que se refiere el artículo anterior tendrá las características siguientes: I. Medalla de material en plata, .999 ley, dos caras, terminada en oro de 14 quilates, o en su defecto de una aleación más valiosa; II. En el anverso, el logotipo del Congreso de la Ciudad de México y la legislatura que corresponda en relieve; III. Al reverso, el grabado de la inscripción según sea el caso: a) Medalla al Mérito en Artes; b) Medalla al Mérito en Ciencias c) Medalla al Mérito Ciudadano; d) Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos, e) Medalla al Mérito Deportivo; f) Medalla al Mérito Docente g) Medalla al Mérito Empresarial h) Medalla al Mérito Hermila Galindo i) Medalla al Mérito por la Igualdad y la no Discriminación j) Medalla al Mérito Periodístico; k) Medalla al Mérito de Protección Civil; l) Medalla al Mérito Policial; m) Medalla al Mérito Turístico “Embajador Turístico de la Ciudad de México” IV. En fondo opaco, el nombre de la persona condecorada y la disciplina, en su caso, y V. El listón del que penda la medalla será de seda y con los colores patrios. Artículo 371. Las Comisiones por materia encargadas de los procedimientos y dictaminación para la entrega de las medallas señaladas en el numeral anterior son las siguientes: I. Comisión de Cultura; II. Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación; III. Comisión Especial para otorgar la Medalla al Mérito Ciudadano; IV. Comisión de Derechos Humanos; V. Comisión de Juventud y Deporte; VI. Comisión de Educación; VII. Comisiones Unidas de Fomento Económico y de Presupuesto y Cuenta Pública; VIII. Comisiones Unidas de para la Igualdad de Género y de Atención a Grupos Prioritarios y Vulnerables; IX. Comisión Especial para garantizar el ejercicio periodístico de la Ciudad de México; X. Comisión de Protección Civil; XI. Comisión de Seguridad Pública, y XII. Comisión de Turismo. CAPÍTULO II De las Medallas por Materia y Denominación Sección Primera Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos. Sección Primera Artículo 378 […] Sección Segunda Artículo 379 […] […] Sección Décimo Tercera Artículo 448

Propuesta

Artículo 370. La medalla a que se refiere el artículo anterior tendrá las características siguientes: I. Medalla de material en plata, .999 ley, dos caras, terminada en oro de 14 quilates, o en su defecto de una aleación más valiosa; II. En el anverso, el logotipo del Congreso de la Ciudad de México y la legislatura que corresponda en relieve; III. Al reverso, el grabado de la inscripción según sea el caso: a) Medalla al Mérito en Artes; b) Medalla al Mérito en Ciencias c) Medalla al Mérito Ciudadano; d) Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos, e) Medalla al Mérito Deportivo; f) Medalla al Mérito Docente g) Medalla al Mérito Empresarial h) Medalla al Mérito Hermila Galindo i) Medalla al Mérito por la Igualdad y la no Discriminación j) Medalla al Mérito Periodístico; k) Medalla al Mérito de Protección Civil; l) Medalla al Mérito Policial; m) Medalla al Mérito Turístico “Embajador Turístico de la Ciudad de México” n) Medalla al Mérito en defensa de las víctimas. IV. En fondo opaco, el nombre de la persona condecorada y la disciplina, en su caso, y V. El listón del que penda la medalla será de seda y con los colores patrios. Artículo 371. Las Comisiones por materia encargadas de los procedimientos y dictaminación para la entrega de las medallas señaladas en el numeral anterior son las siguientes: I. Comisión de Cultura; II. Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación; III. Comisión Especial para otorgar la Medalla al Mérito Ciudadano; IV. Comisión de Derechos Humanos; V. Comisión de Juventud y Deporte; VI. Comisión de Educación; VII. Comisiones Unidas de Fomento Económico y de Presupuesto y Cuenta Pública; VIII. Comisiones Unidas de para la Igualdad de Género y de Atención a Grupos Prioritarios y Vulnerables; IX. Comisión Especial para garantizar el ejercicio periodístico de la Ciudad de México; X. Comisión de Protección Civil; XI. Comisión de Seguridad Pública, y XII. Comisión de Turismo. XIII. Comisión de Atención Especial a Víctimas. CAPÍTULO II De las Medallas por Materia y Denominación Sección Primera Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos Artículo 378 […] Sección Segunda Medalla al Mérito en Defensa de la Víctimas. Artículo 378 Bis. EL Congreso otorgará la Medalla al Mérito en Defensa de los Derechos de las Víctimas, a quien por su trayectoria, dedicación y lucha, se han destacado en la defensa de las víctimas de la Ciudad de México. La cual se otorgará cada año Artículo 378 Ter. La Comisión responsable y encargada de llevar a cabo el proceso de designación y entrega, será la de Atención Especial a Víctimas. Artículo 378 Quarter. La medalla se otorgara anualmente los días 17 de abril, en sesión solemne, entregando las subsecuentes a partir del año 2020. Sección Tercera Medalla al Mérito en Ciencias Artículo 379 […] […] Sección Décimo Cuarta Medalla al Mérito Turístico Artículo 448

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