Fecha de cierre:
29/3/19
Nombre |
CON PROYECTO DE DECRETO, POR LA CUAL SE ADICIONA EL INCISO N) A LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 370; LA FRACCIÓN XIII AL ARTÍCULO 371; SE INTEGRA AL CAPÍTULO II, LA SECCIÓN SEGUNDA, CON EL TITULO MEDALLA AL MÉRITO EN DEFENSA DE LAS VÍCTIMAS, RECORRIENDO LAS SUBSECUENTES; PARA AGREGAR LOS ARTÍCULOS 378 BIS Y 378 TER Y 378 QUARTER, TODO LO ANTERIOR DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO; |
Tipo |
ADICION |
Turnado |
Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias |
Suscrita |
JOSÉ EMMANUEL VARGAS BERNAL |
Partido |
PARTIDO MORENA |
Fecha de Inicio |
12/3/19 |
Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Nombre
CON PROYECTO DE DECRETO, POR LA CUAL SE ADICIONA EL INCISO N) A LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 370; LA FRACCIÓN XIII AL ARTÍCULO 371; SE INTEGRA AL CAPÍTULO II, LA SECCIÓN SEGUNDA, CON EL TITULO MEDALLA AL MÉRITO EN DEFENSA DE LAS VÍCTIMAS, RECORRIENDO LAS SUBSECUENTES; PARA AGREGAR LOS ARTÍCULOS 378 BIS Y 378 TER Y 378 QUARTER, TODO LO ANTERIOR DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO;
Dice
Artículo 370. La medalla a que se refiere el artículo anterior tendrá las características siguientes:
I. Medalla de material en plata, .999 ley, dos caras, terminada en oro de 14 quilates, o en su defecto de una aleación más
valiosa;
II. En el anverso, el logotipo del Congreso de la Ciudad de México y la legislatura que corresponda en relieve;
III. Al reverso, el grabado de la inscripción según sea el caso:
a) Medalla al Mérito en Artes;
b) Medalla al Mérito en Ciencias
c) Medalla al Mérito Ciudadano;
d) Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos,
e) Medalla al Mérito Deportivo;
f) Medalla al Mérito Docente
g) Medalla al Mérito Empresarial
h) Medalla al Mérito Hermila Galindo
i) Medalla al Mérito por la Igualdad y la no Discriminación
j) Medalla al Mérito Periodístico;
k) Medalla al Mérito de Protección Civil;
l) Medalla al Mérito Policial;
m) Medalla al Mérito Turístico “Embajador Turístico de la Ciudad de México”
IV. En fondo opaco, el nombre de la persona condecorada y la disciplina, en su caso, y
V. El listón del que penda la medalla será de seda y con los colores patrios.
Artículo 371. Las Comisiones por materia encargadas de los procedimientos y dictaminación para la entrega de las medallas
señaladas en el numeral anterior son las siguientes:
I. Comisión de Cultura;
II. Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación;
III. Comisión Especial para otorgar la Medalla al Mérito Ciudadano;
IV. Comisión de Derechos Humanos;
V. Comisión de Juventud y Deporte;
VI. Comisión de Educación;
VII. Comisiones Unidas de Fomento Económico y de Presupuesto y Cuenta Pública;
VIII. Comisiones Unidas de para la Igualdad de Género y de Atención a Grupos Prioritarios y Vulnerables;
IX. Comisión Especial para garantizar el ejercicio periodístico de la Ciudad de México;
X. Comisión de Protección Civil;
XI. Comisión de Seguridad Pública, y
XII. Comisión de Turismo.
CAPÍTULO II
De las Medallas por Materia y Denominación
Sección Primera
Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos.
Sección Primera
Artículo 378 […]
Sección Segunda
Artículo 379 […]
[…]
Sección Décimo Tercera
Artículo 448
Propuesta
Artículo 370. La medalla a que se refiere el artículo anterior tendrá las características siguientes:
I. Medalla de material en plata, .999 ley, dos caras, terminada en oro de 14 quilates, o en su defecto de una aleación más
valiosa;
II. En el anverso, el logotipo del Congreso de la Ciudad de México y la legislatura que corresponda en relieve;
III. Al reverso, el grabado de la inscripción según sea el caso:
a) Medalla al Mérito en Artes;
b) Medalla al Mérito en Ciencias
c) Medalla al Mérito Ciudadano;
d) Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos,
e) Medalla al Mérito Deportivo;
f) Medalla al Mérito Docente
g) Medalla al Mérito Empresarial
h) Medalla al Mérito Hermila Galindo
i) Medalla al Mérito por la Igualdad y la no Discriminación
j) Medalla al Mérito Periodístico;
k) Medalla al Mérito de Protección Civil;
l) Medalla al Mérito Policial;
m) Medalla al Mérito Turístico “Embajador Turístico de la Ciudad de México”
n) Medalla al Mérito en defensa de las víctimas.
IV. En fondo opaco, el nombre de la persona condecorada y la disciplina, en su caso, y
V. El listón del que penda la medalla será de seda y con los colores patrios.
Artículo 371. Las Comisiones por materia encargadas de los procedimientos y dictaminación para la entrega de las medallas
señaladas en el numeral anterior son las siguientes:
I. Comisión de Cultura;
II. Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación;
III. Comisión Especial para otorgar la Medalla al Mérito Ciudadano;
IV. Comisión de Derechos Humanos;
V. Comisión de Juventud y Deporte;
VI. Comisión de Educación;
VII. Comisiones Unidas de Fomento Económico y de Presupuesto y Cuenta Pública;
VIII. Comisiones Unidas de para la Igualdad de Género y de Atención a Grupos Prioritarios y Vulnerables;
IX. Comisión Especial para garantizar el ejercicio periodístico de la Ciudad de México;
X. Comisión de Protección Civil;
XI. Comisión de Seguridad Pública, y
XII. Comisión de Turismo.
XIII. Comisión de Atención Especial a Víctimas.
CAPÍTULO II
De las Medallas por Materia y Denominación
Sección Primera
Medalla al Mérito de las y los Defensores de Derechos Humanos
Artículo 378 […]
Sección Segunda
Medalla al Mérito en Defensa de la Víctimas.
Artículo 378 Bis. EL Congreso otorgará la Medalla al Mérito en Defensa de los Derechos de las Víctimas, a quien por su trayectoria, dedicación y lucha, se han destacado en la defensa de las víctimas de la Ciudad de México. La cual se otorgará cada año
Artículo 378 Ter. La Comisión responsable y encargada de llevar a cabo el proceso de designación y entrega, será la de Atención Especial a Víctimas.
Artículo 378 Quarter. La medalla se otorgara anualmente los días 17 de abril, en sesión solemne, entregando las subsecuentes a partir del año 2020.
Sección Tercera
Medalla al Mérito en Ciencias
Artículo 379 […]
[…]
Sección Décimo Cuarta
Medalla al Mérito Turístico
Artículo 448