Fecha de cierre:
20/3/19
Nombre |
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL |
Tipo |
REFORMA |
Turnado |
Desarrollo e Infraestructura Urbana y Vivienda |
Suscrita |
CHRISTIAN DAMIÁN VON ROEHRICH DE LA ISLA |
Partido |
PARTIDO ACCIÓN NACIONAL |
Fecha de Inicio |
5/3/19 |
Ley
LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Nombre
CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL
Dice
LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL.
Artículo 3.- Para los efectos de esta ley, se entiende por:
I. Administración Pública: El conjunto de dependencias, órganos y entidades que componen la Administración Centralizada, Desconcentrada y Paraestatal del Distrito Federal;
Las que por sus características forman parte del patrimonio cultural urbano, así como las que cuenten con declaratoria federal de zona de monumentos históricos, arqueológicos o artísticos, así como las que sin estar formalmente clasificadas como tales, presenten características de unidad formal, que requieren atención especial para mantener y potenciar sus valores patrimoniales y que serán definidas en los programas;
III. Áreas de Gestión Estratégica;
Instrumento de planeación y ordenamiento territorial del desarrollo urbano-ambiental, en áreas específicas de la ciudad, cuyos objetivos fundamentales son: incidir positivamente en la regeneración, recualificación y revitalización urbana y/o ambiental; proteger y fomentar el
patrimonio cultural urbano y/o el paisaje cultural; acciones multidimensionales y multisectoriales; de gestión participativa; de desarrollo integral y, de interés general; y, definidas por el Comité Técnico de las Áreas de Gestión Estratégica.
IV. Asamblea: Asamblea Legislativa del Distrito Federal; ...
Propuesta
Artículo 3.- Para los efectos de esta ley, se entiende por:
I. Administración Pública: El conjunto de dependencias, órganos y entidades que componen la Administración Centralizada, Desconcentrada y Paraestatal de la Ciudad de México;
II. Áreas de Conservación Patrimonial:
Las que por sus características forman parte del patrimonio cultural urbano, así como las que cuenten con declaratoria federal de zona de monumentos históricos, arqueológicos o artísticos, así como las que sin estar formalmente clasificadas como tales, presenten características de unidad formal, que requieren atención especial para mantener y potenciar sus valores patrimoniales y que serán definidas en los programas;
III. Áreas de Gestión Estratégica;
Instrumento de planeación y ordenamiento territorial del desarrollo urbano-ambiental, en áreas específicas de la ciudad, cuyos objetivos
fundamentales son: incidir positivamente en la regeneración, recualificación y revitalización urbana y/o ambiental; proteger y fomentar el
patrimonio cultural urbano y/o el paisaje cultural; acciones multidimensionales y multisectoriales; de gestión participativa; de desarrollo integral y, de ...
interés general; y, definidas por el
Comité Técnico de las Áreas de Gestión
Estratégica.
IV. Congreso: Congreso de la Ciudad
de México;
V. Ciudad: la Ciudad de México;